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La medida fue apelada
Juez de La Matanza falló a favor de Montoya y armó la polémica

La Asociación de Defensa de Consumidores presentó una apelación luego del fallo de Federico Gallo Quintián * Por su parte, el Colegio de abogados bonaerense dijo que la medida judicial no afecta las posibilidades de la acción de inconstitucionalidad * Todo se da en el marco de los superpoderes que le quieren dar al subinspector de Ingresos Públicos, Santiago Montoya *

La Asociación de Defensa de Consumidores y Usuarios de la Argentina (Adecua) apeló el fallo del juez en lo contencioso administrativo de La Matanza, que rechazó el amparo presentado por la organización y consideró que ese tipo de acciones no son hábiles para cuestionar la inconstitucionalidad de la reforma fiscal bonaerense.
El recurso fue presentado el último viernes ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín y persigue que este tribunal revoque la decisión de primera instancia. El martes de la semana última, el juez Federico Gallo Quintián desestimó, sin expedirse sobre el fondo del asunto, que el amparo es “improponible” para declarar que la ley que otorgó facultades especiales a la Subsecretaría de Ingresos Públicos de la provincia de Buenos Aires es contraria a la Constitución provincial.
En ese sentido, estimó que -en base a la Ley Fundamental provincial- el amparo no procede contra las leyes y que no existía riesgo alguno de lesión grave o inminente sobre derechos garantizados por la Carta Magna. Frente a ello, la asociación aseguró en la apelación que la consideración que hace la Constitución bonaerense sobre que el amparo no procede contra leyes, en la ley provincial 7.166 -norma que regula el amparo- “no se menciona la imposibilidad de solicitar la inconstitucionalidad de una ley mediante dicho pronunciamiento lo cual concuerda con lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución Nacional”.
Agregó que el artículo 43 “se aparta acertadamente” de lo dispuesto por la Constitución provincial, leyes nacionales y locales. De esa manera, aseguró que los jueces “tienen el deber de abstenerse de aplicar aquellas normas que se opongan a la Ley Fundamental en salvaguarda del principio de supremacía constitucional”. Así, explicó que en base al artículo 31 de la Constitución Nacional las constituciones, leyes, decretos y la totalidad de normas y actos provinciales se subordinan a la constitución federal.
Para Adecua, si el magistrado está persuadido de la inconstitucionalidad de una norma “tiene el deber ineludible de negar su aplicación al caso concreto”. En el caso, “el juez a quo al no querer persuadirse de la flagrante trasgresión constitucional que se presenta en autos aparece con una conclusión que claramente altera la supremacía constitucional”. En el amparo, Adecua cuestionó la reforma al código fiscal bonaerense, que otorgó facultades excepcionales al subinspector de Ingresos Públicos, Santiago Montoya.
En particular, consideró que afectan garantías constitucionales las potestades de que con anterioridad al inicio del juicio de apremio, Rentas pueda trabar embargos, intervenir cajas de seguridad, declarar la inhibición general de bienes de contribuyentes.
También dijo que atentaban contra aquellos derechos la incorporación del Título XII bis al compendio normativo tributario, que se refiere a la ejecución administrativa de sentencias de “trance y remate”, así como la reforma a la Ley Provincial de Tránsito que permite a aquella dirección a verificar y controlar el cumplimiento de obligaciones impositivas de contribuyentes y responsables.

Colegio de abogados tiene expectativas

Enterado del rechazo que la justicia impuso en primera instancia a un amparo contra las facultades especiales para Rentas bonaerense, el Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires aseveró que ese revés para la causa “no afecta las posibilidades” de la acción de inconstitucionalidad que preparan. El titular de la organización, Jorge Álvarez, se mostró confiado en que la decisión del juez en lo Contencioso Administrativo de La Matanza Federico Gallo Quintián no afectará las chances de la futura presentación que él y sus colegas preparan.
“Esto no afecta nuestras expectativas con respecto al reclamo que presentaremos. Además son dos cuestiones diferentes, porque los consumidores presentaron un amparo, y lo que nosotros analizamos es una acción de inconstitucionalidad”, resaltó ilusionado Álvarez.
Con el fallo de Quintián, las capacidades especiales en cuestión sortearon el primer obstáculo, que la agrupación de consumidores había presentado para parar la implementación de esa parte de la nueva Ley Impositiva, que le permite a Rentas secuestrar vehículos de particulares sin necesidad de presentar una orden judicial.
Pero esa piedra en el camino no será la única, ya que el Colegio de Abogados de la Provincia traducirá sus insistentes descalificaciones a la medida en una presentación formal.
“Suspendimos hasta febrero la preparación de nuestra presentación. En esa fecha resolveremos con el Consejo Superior del Colegio si se realiza y cómo será confeccionado”, manifestó Álvarez. Álvarez aconsejó a ADECUA no desanimarse y seguir firmes en la –compartida-postura: “es un juez de primera instancia y su decisión puede ser apelada. Nosotros llevaríamos adelante la acción de inconstitucionalidad para finales de febrero”, expresó.

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