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caso de inocente preso
Joven absuelto después de estar tres años
en prisión acusado de robo
Por Soledad
Saliola.-
El joven Víctor Silvano Ramos pasó tres años
en prisión preventiva, acusado de un robo que no pudo quedar
probado ayer, en el juicio donde fue absuelto por no haberse encontrado
pruebas suficientes para sostener su culpabilidad.
La sentencia absolutoria que dejó en libertad a Víctor
Ramos, de 23 años, fue resuelta por el Tribunal en lo Criminal
N° 1 de La Matanza, “por no existir elemento objetivo
como para sostener la calificación legal y la exteriorización
del hecho”, explicó el abogado defensor del acusado,
Daniel Vera Méndez.
El hecho delictivo que se le imputó al muchacho habría
sucedido el 2 de febrero de 2003. Según denunció ese
día Ariel Martín Donoso, de 25 años y ya fallecido,
fue abordado por dos personas en la estación de Villa Madero
con un cuchillo que le sacaron el reloj y la billetera.
Donoso reconoció como los ladrones a Víctor Ramos
y a su hermano Orlando David, en ese entonces menor de edad, quienes
siempre se declararon inocentes manifestando que se encontraban
en ese lugar porque habían salido de trabajar y se dirigían
a la casa de la hermana en la zona de Barracas.
Desde ese momento, Víctor permaneció preso imputado
de “robo calificado por uso de arma impropia”, hasta
ayer que se desarrolló el juicio y fue absuelto porque la
Justicia determinó que “no existen elementos de cargo
objetivos para sostener la imputación delictiva. Es como
que nunca existió el hecho”, dijo a NCO la defensa
de Ramos.
Es que, según destacó el letrado, la única
“prueba” que mantuvo al muchacho privado de su libertad
durante tres años consistió en “un acta de detención
de una sola hoja”.
Para Vera Méndez “no se llevó a cabo la investigación
de un elemento de prueba importante para la defensa y el imputado”.
“No se evacuó las citas”, puntualizó.
“Evacuar citas es una potestad que tiene el imputado cuando
declara y manifiesta una medida de defensa, entre ellos la propuesta
de un testigo que podría llegar a dilucidar el hecho de qué
era lo que hacía en el lugar; nunca se lo citó a ratificar
si realmente esta gente estaba trabajando en ese lugar o no, nunca
se investigó esa parte más allá de que hay
un artículo del Código que lo establece en forma taxativa
que dice que hay que evacuar las citas tanto sean propuestas por
el imputado o por la defensa”, explicó el abogado.
“La fiscalía sí citó en su momento al
hermano de la víctima pero su declaración no llega
a aportar ningún elemento importante porque él no
presenció el hecho. Y por otro lado cita a una de las personas
que estuvo en la detención, uno de los remiseros de la zona,
que tampoco agrega nada porque dice que ayudó a que atraparan
a estas personas”.
La instrucción de la causa estuvo a cargo de la UFI N°
5 del doctor Banco, a la cual la defensa solicitó se ampliara
las medidas de prueba, entre ellas la citación de la víctima
para producir un careo con el acusado. Pero nunca se le dio lugar
al pedido.
Al respecto, Vera Méndez opinó que “se pierde
de vista la verdadera función para la que están creadas
las fiscalías, que están para buscar la verdad, no
para lograr imputaciones delictivas; entonces, desde el punto de
vista objetivo, creo que al dejar de lado ciertos elementos de prueba
que hubiesen sido importantes para dilucidar la verdad, provocó
que se llegue a esta instancia”.
Y concluyó: “Llegamos a tener que dilucidar un hecho,
que para mí ya estaba dilucidado desde el momento mismo del
inicio de la investigación, tres años después
en una etapa de debate”.
El año pasado, en el Departamento Judicial de La Matanza
se conocieron distintos casos de detención de personas que
luego fueron declaradas inocentes cuando llegaron a juicio tras
varios años de purgar una condena preventiva.

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