Una modalidad delictiva en auge 

Qué hacer ante un secuestro virtual


Por Oscar Ramón Beauvais (*).-

 

¿Qué es un secuestro virtual?. En los secuestros virtuales, la víctima no existe.

Las llamadas telefónicas son variadas, pero generalmente están dentro de un mismo contexto, se realiza a un celular, donde no figura el número de quién llama. Ante el “hola” habitual, la voz paraliza y produce shock: Escuchame, tenemos un familiar tuyo secuestrado, y ahora vas a hacer lo que nosotros te digamos”, se escucha habitualmente del otro lado.

Ante la angustia, la víctima termina desembolsando tarjetas telefónicas prepagas, dinero, joyas y, en algunos casos, hasta electrodomésticos. En los casos de tarjetas telefónicas se les indica a la víctima que se dirijan a un locutorio, compren las tarjetas y pase los códigos respectivos que figuran en el anverso.

            En la generalidad de los casos se habla de un familiar sin mencionarse de quién se trata, pero en otros casos, la persona que llama posee algunos datos y aquí sí lo identifican, y por supuesto alguien que en ese momento está ausente y no resulte fácil ubicarlo en el corto plazo.

            La variedad de este delito (versión moderna del cuento del tío) mayoritariamente es realizada por presos alojados en cárceles, y que utilizan los teléfonos públicos allí instalados.

            La Ley 24.660 de Ejecución Penal, mediante el Reglamento de Comunicaciones  para internos del SPF establece que los mismos pueden comunicarse sin censura. La Ley señala que los presos están privados de su libertad deambulatoria y locomotiva, pero no de otro tipo de derechos como el de la privacidad o la intimidad. El uso del teléfono en las cárceles es permitido de las 8.00 hasta las 20.00 horas. Del Servicio Penitenciario Federal (SPF) dependen 25 cárceles en todo el país, con una población estimada en 9.708 internos.

            La muerte de Facundo Azulay (Ver P.6) marcará un antes y un después en los secuestros virtuales. En este hecho se da la segunda modalidad, ya no son tarjetas y quien llama cuenta con cómplice/s y/o partícipe/s que son los encargados de cobrar el rescate pedido en el lugar previamente convenido.

Los secuestros virtuales en la provincia de Buenos Aires que fueron denunciados en esta modalidad fueron esclarecidos por la policía, lográndose la detención de sus autores. Pero ocurre que, en la mayoría de los casos, estos hechos no se denuncian, en particular por la psicosis y la paranoia que ha generalizado los hechos de secuestros extorsivos y en especial de hechos recientes que permanecen vivo en la memoria de la gente.

 

Qué se podría hacer

 

En principio la fiscal federal de San Isidro, Rita Molina, le pidió al director del Servicio Penitenciario Federal (SPF) que se controle de alguna manera a los presos que usan los teléfonos públicos de los pabellones para poder identificar a los reclusos que realizan los secuestros virtuales. Es que la mayoría de los denominados secuestros virtuales son realizados desde las cárceles por presos que llaman a un número al azar, dicen que secuestraron a “un familiar” y piden como rescate dinero o tarjetas de pulsos telefónicos, cuando en realidad es una farsa.

Los presos deberían realizar una declaración jurada indicando en una lista las personas a las cuales desea llamar incluyendo todos sus datos personales, si bien es cierto que las llamadas no pueden ser escuchadas (salvo orden judicial), sí podrían ser monitoreadas por un sistema similar al Call Center.

Las empresas telefónicas deberían expender únicamente tarjetas prepagas con chip, que son aquellas que se introducen en las ranuras de los teléfonos, reemplazando a las que tienen códigos.

 

Cómo actuar

 

            Ante un llamado de las características antes mencionadas, los consejos para actuar son los siguientes:

 

- Denunciar inmediatamente el hecho ante la autoridad policial

- Desconfiar o no aceptar de la llamada cuando la empresa telefónica advierte mediante un mensaje de voz que la comunicación entrante proviene de una carcelaria.

- Ante un llamado no perder la calma, no permitiendo que quien llame maneje la situación. Pedir precisiones sobre la persona de quien se dice está secuestrada como ser su nombre, indumentaria, aspecto físico, etc... y no aportar ningún tipo de datos, ya que esto le permite al delincuente utilizar la información para ser creíble.

- Generar una red de contactos mediante un teléfono alternativo con familiares y/o amigos para detectar el lugar donde se encuentra la supuesta víctima.

- No se deberá aportar datos personales en aquellos lugares donde se deben apagar los celulares (boliches bailables, cines, teatros, etc).

-Por último no se debe aportar datos cuando señalan “un pariente sufrió un accidente, pero está inconsciente y no pudo dar el nombre”. Cuando el receptor de la llamada, preocupado, nombra a los posibles familiares accidentados, el delincuente dice que en realidad lo tiene secuestrado.

 

(*) Comisario Mayor retirado. Técnico Superior en Seguridad Pública  

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