Un tribunal oral de La Matanza absolvió y pidió disculpas a un remisero que estuvo preso después de matar a un ladrón en legítima defensa durante un asalto y sostuvo que sintió "vergüenza ajena" de que se lo haya mantenido detenido durante más de tres años.
El fallo benefició a Juan Ramón Castillo (41), al término de un proceso oral en el que los magistrados coincidieron en que el juicio "debería haber concluido en la etapa de instrucción con un sobreseimiento", ya que el imputado efectuó los disparos "para defenderse".
Según la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal 4 a la que accedió Télam, el 7 de noviembre de 2004 por la madrugada, cuatro jóvenes ingresaron en una vivienda ubicada en la calle Azul 6963, de la localidad bonaerense de González Catán, tras romper la puerta de entrada.
Uno de los atacantes despertó al padre de familia golpeándolo ferozmente en la cabeza, le gatilló sin que saliera el disparo y amenazó pidiéndole plata y joyas.
Mientras tanto, otros tres se encaminaron hacia otra habitación, donde descansaban la esposa, el sobrino y el hijo de 10 años del hombre, al que le provocaron serias heridas con la culata de un arma.
Pese a la gran cantidad de golpes que había recibido, el padre pudo escapar por la terraza en un descuido de los ladrones y fue hasta la puerta de la casa de Castillo, donde cayó y le rogó que intercediera porque estaban "destrozando y matando" a su familia.
"Ante tamaño ruego, y escuchándose desde el punto de encuentro los gritos provenientes de la vivienda del requiriente, es que Juan Castillo va en auxilio de las verdaderas y auténticas víctimas", remarcó en su voto el juez Franco Fiumara, al que adhirieron sus colegas Jorge Multedo y Gerardo Gayol.
Poco después, Castillo "se acercó a la vivienda en la que estaban los delincuentes, y en momentos en que uno de ellos lo apuntó con el revólver, le efectuó tres disparos provocándole una herida mortal", recordaron los jueces.
Todos los asaltantes escaparon tras los balazos, pero el que había recibido los disparos, de 16 años, cayó muerto cerca de la escena de los hechos, con una bala alojada en el abdomen. Los familiares del delincuente muerto aseguraron que había recibido el disparo por la espalda, pero los jueces descartaron de plano ese argumento.
"Cae de maduro que el imputado -al verse desbordado en cantidad de sujetos malvivientes activos, que al menos uno no identificado y con el revólver no habido- efectuó disparos en su dirección y el hoy muerto lo apuntara gatillando previamente al oírse las detonaciones", señalaron.
Agregaron que "se efectuaron los disparos para defenderse, sin poder saberse -por una lógica razón- hasta el momento de las pericias, si el arma del delincuente era apta o no" para también disparar.
Tras el hecho, Castillo fue detenido y procesado con prisión preventiva por homicidio simple, la cual cumplió durante estos más de tres años. Pero tras el debate, los jueces consideraron que el imputado "sufrió una agresión ilegítima, y se encontró con una situación en defensa de terceros y propia sin provocar a nadie".
"Falta solamente, que en alguna oportunidad se le pida disculpas al procesado por el estado de incertidumbre que viviera hasta el día de la fecha, lo cual hago más allá de no corresponderme, por sentir vergüenza ajena", señaló Fiumara en su voto.
También lanzó una crítica, sin nombrarlos, a los funcionarios judiciales que ordenaron la detención de Castillo: "Llega a juicio lo que no debe llegar, y acá se tienen que disfrazar de mago o de lo que sea para poder, al menos, sostener lo insostenible", dijeron los jueces.
Agregaron que si quienes investigan tienen dudas deben recurrir a la enseñanza más elemental, que es el "indubio pro-reo" (la duda beneficia al preso) y no enviar este tipo de causas a juicio "con todo el detrimento que esto significa para la credibilidad de la administración de justicia".
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