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06.02.08

Permalink 07:34:55, by diarionco_r, 490 words   Spanish (ES)
Categories: Provinciales

La Provincia avanza en su reforma para agilizar las causas penales

El Ejecutivo enviará hoy a la Legislatura, dos proyectos de ley. El primero supone modificar la competencia de Casación, para evitar el colapso de expedientes. El segundo extiende a todo el territorio bonaerense el denominado proceso de juzgamiento por flagrancia, un mecanismo que permite abreviar a 60 días el proceso de acusación y sentencia.

El gobierno enviará este miércoles a la Legislatura provincial los proyectos de ley de reforma de la justicia penal con los que busca agilizar el trámite de las causas en ese fuero, anunció el ministro de Justicia bonaerense, Ricardo Casal.

Casal formuló el anuncio luego de una reunión que el gobernador Daniel Scioli mantuvo este martes en La Plata con los titulares de la Cámara de Senadores y Diputados, Alberto Balestrini y Horacio González y con los presidentes de las bancadas de oficialismo en ambas cámaras.

Explicó que este miércoles serán enviados a la Legislatura "los proyectos que reforman la competencia del Tribunal de Casación y el que extiende el juzgamiento por flagrancia" a todos los departamentos judiciales de la provincia.

Casal adelantó que la reforma apunta a que el Tribunal de Casación se dedique sólo a la revisión de sentencias de tribunales orales, ya que actualmente está "colapsado" con 7.000 expedientes sin resolver.

Además se evalúa la posibilidad de crear nuevas cinco salas para ese Tribunal, las que no tendrían sede en La Plata sino que estarían distribuidas en los puntos de mayor conflicto que tiene la justicia penal en la provincia.

También será girado a la Legislatura la extensión a todo el territorio de la provincia de Buenos Aires del denominado proceso de juzgamiento por flagrancia, modalidad que ya está operativa en 11 departamentos judiciales.

El mecanismo consiste en un proceso muy breve de acusación y sentencia que prevé un plazo máximo de 60 días para delitos cuya pena máxima prevista no supere los 15 años de prisión.

Establece que al detenido en flagrancia, en el momento de la persecución y captura, se lo lleva ante el fiscal, quien le hace conocer la acusación.

En un plazo máximo de 5 días de la detención de la persona se realizará la primera audiencia en la que el juez puede resolver la excarcelación, sobreseimiento, decidir la prisión preventiva, o las partes acordar suspensión del juicio a prueba y juicio abreviado.

De no haber acuerdo entre las partes, o de no haber dictado sobreseimiento, el juez resuelve si mantiene detenida a la persona y convoca a una segunda audiencia de finalización del proceso en flagrancia dentro de los 20 días siguientes.

En esta segunda audiencia las partes tienen nuevamente la posibilidad de llegar a un acuerdo. De no ocurrir esto la causa se eleva a juicio, que deberá realizarse dentro de los 60 días.

Fuente: Télam

1 comment

Comment from: Adolfo [Visitor] Email
Y que paso con todas las reformas anteriores, todo el dinero que se gasto en su nombre ?
Van a seguir poniendo parches.
Y si hacen cumplir las leyes actuales ?
Saben que hay leyes para todo ? como la ley 11.430 que es la ley de transito, si la aplican y controlan seguro bajan las muertes en las rutas.
06.02.08 @ 10:16

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